RealDecreto de 14 de septiembre de 1882, aprobatorio de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ficha. Versiones/revisiones. Ficha: Órgano MINISTERIO DE GRACIA Y JUSTICIA. Publicado en GACETA de 17 de Septiembre de 1882. Vigencia desde 07 de Octubre de 1882. Revisión vigente desde 29 de Abril de 2023. Anterior
Artículo167. Para la práctica de las notificaciones, el Letrado de la Administración de Justicia que interviniere en la causa extenderá una cédula, («B.O.E.» 15 abril), por la que se modifica la base económica de algunos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.LE0000181003_19550505.
Artículoprimero. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para la transposición de la Directiva 2010/64/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales. La Ley de Enjuiciamiento Criminal queda modificada en los siguientes términos: Uno.
Estacita es una parte del artículo 849 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) que establece las condiciones para interponer un recurso de casación. El primer punto indica que se podrá interponer el recurso cuando se haya infringido una ley penal o cualquier otra norma jurídica sustantiva que deba ser seguida en la aplicación de la
LE0000551675_20151028Rúbrica del Título V del Libro Primero redactada por el apartado uno del artículo primero de la L.O. 5/2015, de 27 de abril, por la que se modifican la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para transponer la Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a
0803/2013 00:49. "Artículo 486. La persona a quien se impute un acto punible deberá ser citada sólo para ser oída, a no ser que la ley disponga lo contrario, o que desde luego proceda su detención". ¿Puede informar sobre el resto de datos que constan en la citación?¿Se existen diligencias Previas o son sólo policiales?¿En calidad de LE0000560107_20151206La expresión «investigados o encausados», contenida en el presente apartado, ha sido introducida en sustitución de la anterior expresión «imputados o procesados» conforme establece el número 3 del apartado veintiuno del artículo único de la L.O. 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Todala informaci�n sobre Articulo 790 Ley de Enjuiciamiento Criminal. (790 (apdo. 2, tercer párrafo se añade)) por Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías Artículo modificado por LEY ORGANICA 2/1998,
Artículo965. 1. Si no fuere posible la celebración del juicio durante el servicio de guardia, se seguirán las reglas siguientes: 1.ª Si el juez estimare que la competencia para el enjuiciamiento corresponde al propio juzgado de instrucción y que no procede el sobreseimiento conforme a lo dispuesto en el numeral 1.ª del apartado 1 del
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  • artículo 486 de la ley de enjuiciamiento criminal